Por tu seguridad, ilumínate y hazte ver
Normativa referente a luces y bicicletas
¿Es obligatorio llevar las luces siempre instaladas? No es obligatorio llevarlas instaladas si no se necesitan en ese momento. Es decir, que no te pueden multar por no tener luces si en ese momento no son necesarias. Por lo tanto, no es necesario tenerlas siempre puestas.
¿Cuándo es obligatorio llevar luces? En lo referido al alumbrado, la norma para los ciclistas es la misma que para el resto de vehículos: “deberán llevar sus bicicletas correctamente iluminadas si circulan por la noche, entre la puesta y la salida del sol, en vías urbanas e interurbanas insuficientemente iluminadas o por pasos inferiores o túneles, cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad (por ejemplo, niebla)”. Además, en cualquiera de estas circunstancias también es obligatorio que el ciclista lleve puesta una prenda reflectante. Se considera prenda reflectante además del chaleco, brazaletes, tobilleras, casco reflectante, etc.
¿Cuáles son las luces con las que debe de contar una bicicleta? Las luces y elementos reflectantes con los que deberá contar una bicicleta son: - Una luz de posición en la parte delantera.
- Una luz de posición en la parte trasera.
- Un catadióptrico (reflectantes) en la parte trasera de forma NO triangular.
- Catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales (opcionales).
¿De qué colores son cada una? - Luz de posición en la parte delantera: blanca
- Luz de posición en la parte trasera: roja
- Catadióptrico en la parte trasera: rojo
- Catadióptricos opcionales en los radios de las ruedas y en los pedales: amarillos
¿Y qué aconsejáis?... |