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La nueva Ley de Tráfico, protege más a los ciclistas Imprimir E-mail
La DGT actualiza la forma de adelantar a un ciclistaLa DGT actualiza la forma de adelantar a un ciclista

El pasado mes de diciembre se aprobó en el Congreso de los Diputados la nueva ley de Tráfico y Seguridad Vial, que entrará en vigor, junto con la primavera, el 21 de marzo.

Esta nueva reforma, entre otros objetivos, destaca por dar más protección a los vehículos vulnerables en las vías públicas, como son las bicicletas. Hay que recordar que en 2021 fallecieron en España 31 ciclistas en siniestros viales.



- Principales puntos que nos afectan como ciclistas


  • El 1,5m de distancia lateral de seguridad al adelantar un automóvil u otro vehículo a un ciclista o grupo de ciclistas, se mantiene como hasta ahora, pero cuando haya dos o más carriles, será obligatorio que el vehículo cambie completamente de carril al adelantar.
    - En caso de que el ciclista o ciclistas, circulen en sentido contrario, no hay cambios respecto a la actual normativa.
    Esta modificación supone incrementar la distancia de seguridad entre ambos vehículos, recalcando que los vehículos que adelantan a una bicicleta pueden rebasar la línea continua.

  • Los adelantamientos indebidos a un ciclista se consideran infracciones graves y se penalizaban con 4 puntos, ahora con la reforma, se retirarán 6 puntos del carnet y tendrán una sanción de 200€.
    - Las mismas cuantías se aplicarán en caso de no respetar la distancia lateral de 1,5m de seguridad al adelantar a un ciclista en vías de un único carril.

  • A partir del próximo día 21, parar o estacionar en un carril bici pasará a ser una infracción grave y se sancionará también con 200€ de multa. Con esto se pretende dar más seguridad a los ciclistas evitando riegos por obstáculos en sus vías.

  • El límite de velocidad de los ciclistas será el mismo que permita la vía y sus señales de tráfico. El antiguo límite de velocidad de 45 km/h ha sido suprimido.

- Artículos legales relacionados

  • Artículo 35.4
    El conductor de un vehículo que pretenda realizar un adelantamiento a un ciclo o ciclomotor, o conjunto de ellos, debe realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros, salvo cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo caso será obligatorio el cambio completo de carrilQueda prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario, incluso si estos ciclistas circulan por el arcén.

  • Articulo 76
    Parar o estacionar en el carril bus, en carriles o vías ciclistas, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones.


- Ayúdanos y difunde

Por una conducción en bici más segura y protección del colectivo ciclista, ayúdanos y difunde entre tus amigos, familiares y en tus redes sociales, estas normas que nos protegen dándonos mayor seguridad. - Mil gracias.





El Reglamento General de Circulación también impone a los ciclistas normas que deben conocer y respetar. Próximamente publicaremos un nuevo artículo con las principales normas y las sanciones que conllevan no respetarlas. ¡Estad atentos!

 

 

 
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